Revista Campoastur - Diciembre 2020

de las recetas y los registros de aplicación. En los mismos debe figurar siempre la fecha de inicio y finalización del tratamiento, tanto si es de un solo día como si es de varios, la identificación del animal o animales, o en su caso los lotes (cerdos y aves), en los que se ha aplicado y la dosis si esta fuera distinta de la que ha consignado el veterinario en la receta. Cuando se use un medicamento sobrante debe solicitarse al veterinario una receta para poder aplicarlo, en la que debe figurar “no válida para dispensación”. No se puede y no se debe hacer un uso discrecional de los medicamentos, de forma que siempre debe existir el consejo previo del veterinario en forma de receta. Además de los medicamentos, en las explotaciones hay obligación de conservar toda la documentación relacionada con la alimentación del ganado y las entregas de productos. En relación con los alimentos deben conservarse los albaranes que los fabricantes y distribuidores entregan al ganadero, ya que en los mismos figura información relevante para conocer la trazabilidad del producto y sus componentes. Igualmente hay que guardar las etiquetas, tanto si se trata de premezclas específicas para cada ganadero como si se trata de piensos a granel o en sacos. En este último caso es suficiente guardar una etiqueta de cada uno de los lotes que se reciban y graparlo al albarán de compra. En el caso de los productos a granel con frecuencia el mismo albarán contiene la etiqueta del pienso. Esta documentación debe conservarse al menos 4 años, y tiene utilidad para conocer cuándo y qué animales han consumido un alimento concreto. Esta circunstancia ha sido esencial para poder controlar la evolución de la Enfermedad de las vacas locas, por citar un ejemplo, pero también permite atajar la presencia de algunos tóxicos en la leche (micotoxinas, gosipol), en la carne de pollos (Salmonella), etc. Con relación a la entrega de los productos ganaderos, los que se dedican a la producción de leche reciben a diario un ticket de la entrega, al que por lo general se presta poca atención. Sin embargo, es de suma importancia, ya que permite saber cuándo, cuánto y quién recogió la leche, lo que unido a la información que conserva el recogedor y la industria láctea, permite atajar problemas de salud pública como la presencia de residuos peligrosos (antibióticos o micotoxinas). Estos tickets deben ser conservados correctamente durante al menos 4 años y serán exigibles en inspecciones de Calidad de la leche, ayudas a la condicionalidad o PNIR. En referencia a los productos distintos de la leche que se ponen en el mercado, los ganaderos deben conservar los documentos de movimiento, las guías de movimiento pecuario, las copias de los Documentos de Identificación Bovina (DIBs), y en general cualquier otro documento que avale la salida o entrada de los animales en la explotación (Libro de registro con comunicación en el plazo establecido para cada especie). Por último, hay otros documentos que también deben ser conservados. Se trata de los que entrega el procesador autorizado de los materiales especificados de riegos o MERs (por lo general cadáveres, aunque puede ser pienso en mal estado u otras materias así calificadas por la normativa SANDACH). En nuestro caso el procesador suele ser PROYGRASA. El documento recibe el nombre de DAMER y suele ser de color azul. Es importante recordar que ningún animal, sea cual sea la especie, puede ser enterrado o abandonado en el medio natural, salvo las excepciones oficialmente contempladas (muerte en lugar innacesible, etc.) ¿CÓMO SE HACEN CUMPLIR ESTOS DEBERES? El seguimiento del cumplimiento de estas normas se realiza mediante inspecciones de control, de forma que cualquier ganadero, transportista de piensos, de animales, tratante, fabricante de piensos, etc. está obligado a presentar, en el momento en que se produzca una inspección oficial, toda la documentación que permita conocer la trazabilidad, sanidad, higiene y seguridad de los productos agroalimentarios. El incumplimiento lleva aparejadas sanciones y reducciones en las ayudas de la PAC. La normativa sectorial de ganadería hace que todo aquello relacionado con la sanidad tenga un cuadro de 17 | Campoastur

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