Revista Campoastur - Diciembre 2015 - page 16

En materia de fiscalidad agraria hay
dos medidas que entran en vigor y
que debemos tener en cuenta:
Por un lado, pasan a ser
contribuyentes del Impuesto de
Sociedades las Sociedades Civiles
con objeto mercantil.
¿Qué ocurre con las Sociedades
Civiles del sector agrario? Diversas
consultas publicadas por la
Dirección General de Tributos
han concretando estos términos,
aclarando, que quedan excluidas
de ser contribuyentes del impuesto
de sociedades las entidades que se
dediquen a actividades agrícolas,
ganaderas, forestales, mineras
y de carácter profesional por ser
dichas actividades ajenas al ámbito
mercantil.
Por otro lado, se modifican los
límites para que las actividades
agrícolas, forestales y ganaderas
puedan estar incluidas en el
régimen de módulos, de tal modo
que, quedarán excluidas aquellas
actividades cuyo volumen de
ingresos para el conjunto de
estas actividades supere los
250.000€ (anteriormente
300.000 €).
Además, según el proyecto de
la orden de módulos para 2016,
quedaran excluidas aquellas
cuyo volumen de compras en
bienes y servicios (excluido
el inmovilizado) supere los
250.000€. Se amplía el límite
respecto a lo previsto en la
reforma de finales de 2014 que
fijaba este límite en 150.000€.
Este proyecto de la Orden de
módulos para 2016 (pendiente
de la publicación definitiva) fija
el índice de rendimiento neto a
aplicar en la actividad de bovino
de leche en 2016 en el 0,20, pero
además, recoge una reducción
del índice de rendimiento neto
a aplicar en ejercicio 2015 en
la actividad de bovino de leche
quedando fijado en el 0,20
en lugar del 0,32 aprobado
anteriormente para ese ejercicio,
lo que reducirá importe del
beneficio a declarar en la renta
correspondiente a 2015. También se
modifican los índices de rendimiento
a aplicar en 2015 a otros productos
como la patata.
Por último recordar que estamos
a punto de cerrar el ejercicio fiscal
del 2015, este puede ser un buen
momento para que el contribuyente,
según sus circunstancias, pueda
para valorar algunas opciones
que pueden reducir la carga de
impuestos en el ejercicio como
pueden ser la aportación a
sistemas de previsión social
como formula complementaria
a la jubilación y que reducen la
Base Imponible, (además de los
sistemas tradicionales de planes
de pensiones, mutualidades
de previsión social y planes de
previsión asegurados, se incluyen
los planes de previsión social
empresarial y los seguros de
dependencia).
Soledad García García
Directora del Area Fiscal de Aseagro
Fiscalidad explotaciones agrarias
Que nos trae el 2016 en fiscalidad agraria.
Que puedo hacer antes de terminar el año.
Campoastur | 16
El 01 de Enero de 2016
entran en vigor una serie de
medidas aprobadas por el
gobierno en la reforma fiscal
publicada a finales de 2014,
y cuya aplicación había sido
planteada para entrar en vigor
en dos tramos, una parte de
las medidas en 2015 y el resto
a partir del 01 de Enero de
2016.
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